La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, aprobada en el mes de abril por las Cortes Generales garantiza el acceso a la información y a la comunicación de las personas sordas a lo largo de todo el proceso penal.
Esta reforma, fruto de la transposición de dos Directivas Europeas, una relativa a interpretación y a traducción en los procesos penales y otra, relativa al derecho a la información en los procesos penales, desde el primer momento incluyó el derecho de los ciudadanos a disponer de servicios de interpretación y traducción en los procesos penales, incluyendo la interpretación en lengua de signos para aquellas personas sordas que así lo precisen.
A instancia de FIAPAS, con el apoyo del CERMI, en el trámite en el Senado, apoyado asimismo por distintos grupos parlamentarios: PP, PSOE,CiU, EPC, se contempló y se introdujo también en el texto legal al derecho de las personas sordas que comunican en lengua oral a disponer de los recursos de apoyo a la comunicación oral que precisen, para así garantizar su acceso a la información y a la comunicación.
En definitiva se garantiza así el derecho a un juicio justo.